Sebastián Eyzaguirre condenado: Confirman la pena de presidio que deberá cumplir el exCQC
- Viernes 14 de junio de 2024
- 15:26 hrs
La sentencia, dictada por el 4° Juzgado de Garantía, implica que Eyzaguirre estará bajo supervisión de Gendarmería durante un año.
Sebastián Eyzaguirre, ex panelista del programa CQC, fue condenado a 300 días de cárcel por el delito de maltrato habitual contra su expareja. La sentencia, dictada por el 4° Juzgado de Garantía, implica que Eyzaguirre estará bajo supervisión de Gendarmería durante un año. Además, se le impuso la prohibición absoluta de acercarse a la víctima, así como a sus padres e hijas, conforme al artículo 9 letra B de la ley de violencia intrafamiliar.
Detalles de la sentencia
La fiscal María José Sánchez, quien había solicitado una pena de 540 días de cárcel, consideró la sentencia satisfactoria. “Es bastante satisfactoria porque, pese a que pareciera que no es mucho la cuantía de la pena, es un reconocimiento a la adhesión de la víctima al proceso y a la circunstancia de que le creyeron y valoraron su testimonio”, expresó.
Sánchez también destacó el trabajo de la fiscalía y los testigos que declararon, subrayando la ardua labor investigativa para levantar hechos constitutivos de maltrato habitual desde el año 2020 en adelante.
Prohibición Absoluta de Acercamiento
La fiscal explicó que la prohibición impuesta a Eyzaguirre es absoluta, lo que significa que no puede acercarse a la víctima en ningún lugar ni contactarla por ningún medio, incluidas las redes sociales.
La lectura del veredicto ya había confirmado la culpabilidad de Eyzaguirre por el delito de maltrato habitual cometido en 2020. Durante la relación, que duró de marzo a octubre de ese año, el comunicador fue acusado de ejercer violencia psicológica constante contra su expareja, lo que llevó a su formalización.
La jueza Cheryl Fernández, tras concluir la investigación, confirmó la culpabilidad de Eyzaguirre por maltrato habitual en grado consumado, aunque lo absolvió del cargo de amenazas por violencia intrafamiliar (VIF), descartando su culpabilidad en este delito.