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Tras su aprobación: estos serán los nuevos beneficiados con el Bono Clase Media e IFE

  • Lunes 5 de abril de 2021
  • 17:17 hrs
Imagen: Diarios En Red ©.

Imagen: Diarios En Red ©.

Esta tarde, el Presidente Piñera promulgó la mejora del Ingreso Familiar de Emergencia y el Bono Clase Media.

Esta tarde la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó del Congreso el Proyecto del Bono Clase Media y Préstamo Solidario presentado por el Gobierno, medidas que buscan apoyar a millones de familias chilenas para enfrentar la crisis socioeconómica causada por el Covid-19.

En la sesión, en donde participaron los ministros de Desarrollo Social y Familia, Karla Rubilar, de Hacienda, Rodrigo Cerda, además de los subsecretarios de Evaluación Social, Alejandra Candia y de Servicios Sociales, Sebastián Villarreal, el proyecto fue aprobado con 125 votos a favor en su tercer y último trámite legislativo.

EXTENSIÓN DE LOS BENEFICIARIOS

Inclusión de pensionados de rentas vitalicias.

Entre las mejoras que tuvo este proyecto durante su tramitación en el Congreso están la inclusión como beneficiarios de pensionados de rentas vitalicias, de pensionados del sistema antiguo y de aquellos afectos a la modalidad de retiro preparado, quienes en caso de cumplir los requisitos podrán recibir un bono de $100 mil.

IFE en comunas fase 1 y 2

Además, como parte de las negociaciones con senadores de oficialismo y oposición se estableció simplificar la estructura de pagos y aumentar la cobertura del IFE Covid y Bono Covid para el mes de abril. Así, con un esfuerzo fiscal de casi US$400 millones, aquellas comunas en Cuarentena y Transición podrán recibir hasta $100 mil por integrante, mientras que aquellas en Preparación o Apertura Inicial podrán recibir hasta $50 mil por integrante del hogar hasta personas que estén entre el 60% y 80% del Registro Social de Hogares. 

Bonos clase media

El Bono Clase Media se entregará por una sola vez, con cargo fiscal y sin descuentos, a quienes hayan tenido disminución de ingresos (disminución del ingreso promedio del segundo semestre de 2020, determinada según la variación porcentual respecto de su ingreso promedio del segundo semestre 2019. Dicha disminución deberá ser de al menos un 20%).

En específico, será de un monto decreciente que parte en $500 mil para aquellos que tuvieran rentas de hasta $1.500.000 en 2019.

Para los que tuvieron ingresos superiores a ese monto (con tope máximo de $2 millones), el bono decrecerá hasta los $100 mil.

Eso sí: 

  • –Entre el salario mínimo y $408.125: se les eximirá de cualquier requisito.
  • –Entre $408.125 y $1,5 millones: deben acreditar una caída del 20% o más en sus ingresos.
  • –Entre $1,5 millones y $2 millones: deben acreditar una caída del 20% o más en sus ingresos.

Cabe destacar que quienes accedieron al Bono Clase Media la vez anterior, y lo obtuvieron sin que les correspondiera y no lo han devuelto, no podrán acceder. 

Tras la promulgación de la ley, el Bono para la Clase Media se podrá solicitar a partir de 10 días, con lo que las solicitudes podrían empezar a partir de la próxima semana.

Prestamo Solidario

El Préstamo Solidario consistirá en un monto en dinero mensual que podrá ser solicitado por un máximo de dos veces. Excepcionalmente, quienes no sean beneficiarios del Bono Clase Media tendrán derecho a realizar una solicitud adicional. El monto del préstamo ascenderá como máximo al 100% del resultado positivo de la diferencia entre el ingreso promedio mensual 2019 y 2020, con un tope de $650.000.

Este beneficio podrá ser solicitado al SII a contar del octavo día de cada mes y el monto total del préstamo se devolverá al fisco a través del Servicio de Tesorerías, en cuatro cuotas anuales y sucesivas, sin multas ni intereses.

La primera cuota corresponderá al 10% del monto total y las siguientes tres cuotas, al 30% del mismo. Sin embargo, cada cuota anual no podrá exceder el 5% de las rentas que forman parte de la declaración anual de Impuesto a la Renta. En caso de que se mantenga un saldo del beneficio por la aplicación de este límite, este será condonado.

Este beneficio también podrá ser solicitado por los pensionados de rentas vitalicias y el monto, para este caso, ascenderá como máximo al que el beneficiario reciba mensualmente por su pensión bajo dicha modalidad y deberán ser devueltos a Tesorería en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, expresadas en UF, sin multas ni intereses, ni podrá exceder el 5% del monto de la pensión.

Bono de Apoyo a microempresarios y conductores del transporte

El proyecto faculta al Ministerio de Hacienda para transferir un Bono de Apoyo a microempresarios y conductores del transporte remunerado de pasajeros por $500 mil y a conceder in Préstamo Solidario por un monto de $320.500, que podrá solicitarse dos veces (entre el 15 de abril y el 15 de julio de 2021) y una vez adicional (entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre).